Resumen
Los sistemas educativos contemporáneos gravitan sobre el modelo de la “educación inclusiva”, pero este es un concepto que procede de la Pedagogía y tiene un sentido jurídico oscuro y polisémico. El presente trabajo pretende dotar de perfiles jurídicos a la idea de educación inclusiva y de hacerlo, precisamente, en uno de sus campos característicos (pero no único): el de la educación del alumnado con discapacidad. La principal conclusión del estudio es que el sistema educativo español, con su doble red de centros, ordinarios y especiales para alumnado con grandes discapacidades, no es, en realidad, compatible con la Convención de Naciones Unidas de 2006 sobre derechos de las personas con discapacidad.
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