Resumen
Corresponde aplicar una noción subjetiva a la responsabilidad del Estado cuando las actuaciones de sus agentes se alejan del funcionamiento correcto del servicio, que finalmente resultan en demandas por indemnización de perjuicios por falta de servicio. Sin perjuicio de lo anterior, previo a determinar la concurrencia de responsabilidad, es necesario tener en consideración el tipo de actividad y el estándar de actuación que le es exigible. Carabineros de Chile está autorizado por nuestro ordenamiento jurídico para hacer uso de la fuerza, siendo responsable cuando ese uso no resulta adecuado a los fines buscados -el restablecimiento del orden público- o cuando de su actuar derivan consecuencias alejadas de dicho fin, que pudieron ser evitadas por la institución.Referencias
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